Carlos es un trabajador que como muchas personas perdió su empleo y le fue difícil pagar sus deudas,
por ahora realiza trabajos eventuales con lo cual puede pagar sus gastos
corrientes y la hipoteca por el departamento que adquirió hace tres años.
Carlos no
puede pagar sus tres tarjetas de crédito, lo han reportado como PERDIDA en las entidades financieras en donde
tiene sus obligaciones.
¿Estos
bancos pueden cobrarse la deuda rematando el inmueble que tiene Carlos en
hipoteca por un crédito de vivienda?
La respuesta
es NO, por cuanto el banco que tiene la hipoteca ha ingresado en el momento de
constituir el crédito hipotecario un gravamen por el cual, solo este banco
puede quedarse con el bien, en caso el deudor no cumpla con el pago del crédito
hipotecario. Ningún banco puede
gestionar un juicio para ser propietario de esta vivienda y por consiguiente
rematarla para cobrar sus colocaciones.
Los bancos
que le prestaron a Carlos, tienen dos alternativas:
a. Vender la deuda de tarjetas de
crédito a una empresa de recuperaciones de deudas
b. Gestionar la cobranza recurriendo al
Poder judicial para embargar los bienes que posea Carlos en su vivienda por el
monto de la deuda
¿Qué debería
hacer Carlos?
a. Renegociar las deudas de tarjetas de
crédito a un plazo en las que pueda pagarlas
b. Buscar un empleo que le permita
tener los ingresos para solventar el pago de todas sus deudas
c. Generar nuevas fuentes de ingreso y
vender productos que no esté usando en
casa.
La mejor información en negocios por www.mundonegocio.pe
No hay comentarios:
Publicar un comentario